¿Cómo se establece y cómo está compuesta la estructura obligacional tributaria?

La estructura obligacional tributaria

Obligación Tributaria: Es una obligación que surge debido a la necesidad de pagar tributos para el mantenimiento de los gastos públicos. Se establece entre el Estado y los sujetos pasivos.

En Venezuela el poder tributario se puede definir como la facultad que tiene el Estado o un ente público de exigir tributo a los particulares, sin embargo para que el tributo pueda ser exigido es necesario que se produzca o se verifique una relación jurídico-tributaria entre el Estado y el contribuyente que será lo que origina la obligación de carácter tributario en donde el contribuyente queda obligado a pagar una determinada cantidad de dinero por concepto de tributo.

¿Cómo está compuesta la estructura obligacional tributaria?

Sujeto Activo: Es el ente acreedor de los tributos en sus distintas expresiones.

Sujeto Pasivo: Es aquel deudor de la obligación. Se denomina “contribuyente” cuando es el deudor directo y “responsable” cuando es por deuda ajena.

La base imponible: Es la medición o cálculo del tributo.

La materia imponible: Hace referencia al objetivo. Puede ser un negocio o titularidad jurídica, así como también una actividad personal.

El hecho imponible: Circunstancias que dan origen al pago de los tributos.

Cuota Tributaria: Suma de dinero que debe pagar el sujeto pasivo como cuota tributaria.

Tipo de gravamen: Porcentaje que debe ser aplicado a la base imponible para el cálculo de la cuota tributaria.



Es importante resaltar que la vinculación entre el sujeto pasivo al activo se produce siempre a través del hecho imponible, pues toda la obligación tributaria nace de la realización de un supuesto de hecho. La obligación tributaria se justifica por la necesidad que tiene el Estado de obtener recursos para atender a las necesidades públicas, cabe destacar que existen quienes consideran que la obligación tributaria no nace solamente al producirse el hecho imponible sino que se requiere de otro elemento escencial que es la causa de la obligación tributaria que vendría a ser la participación en las ventajas generales o particulares que obtiene el contribuyente como integrante del grupo social.

Referencias Bibliograficas:

Moya Millan, Edgar Jose. (2006).Elementos de Finanzas Publicas y Derecho Tributario. 5ta Edicion. Editorial Mobiliarios. Caracas, Venezuela.

Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela (2001). Código Orgánico Tributario. Gaceta Oficial 37.307 del 17 de octubre de 2001. Venezuela.


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