¿Cuál es el recurso que ejerció el contribuye o sujeto pasivo para defenderse de la decisión de la Administración Tributaria?

En la jurisprudencia número 8 podemos observar que el sujeto pasivo ejerció un recurso para defenderse, el motivo del recurso presentado por el Servicio Pan Americano de Protección, C.A. por intermedio de sus apoderados en contra de la Superintendencia Municipal de Administración Tributaria de la Alcaldía del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital, deriva que la Superintendencia mediante comunicación SMAT 0609 de fecha 28 de julio de 2011, considera que de acuerdo a las actividades económicas que realiza la empresa accionante en el municipio, ha venido declarando y pagando de manera incorrecta, ya que discurre que el desarrollo de la actividad le corresponde a un código diferente, clasificándola como una institución bancaria, de valores o financiera, la cual se subsume al código 500.15. 



Sin embargo la empresa Servicio Pan Americano de Protección, C.A. señala que dichas actividades no las desarrolla, debido que la misma se dedica a la prestación de servicios en el área de manejo integral de valores y riesgos asociados, lo que comprende la recolección, custodia, traslado y entrega de valores, procesamiento de efectivo y moneda, la administración y custodia de cajeros automáticos, entre otros, siendo ese su objeto social, el cual no ha cambiado desde su constitución como empresa en el año 1958, por tales razones los apoderados de la empresa accionante presentaron el Recurso Contencioso Tributario. En vista que el Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, declaró sin lugar el Recurso Contencioso Tributario, la parte accionante apeló a dicha decisión, presentando Recurso de Apelación ante la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia. 


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