Las características del derecho tributario y sus fuentes

El Derecho Tributario, es la rama del Derecho encargada de la regulación de los elementos del tributo, así como también sus funciones y sus procedimientos, por lo tanto, se encarga de regular los ingresos del Estado mediante el pago de los tributos. Éste se relaciona con el Derecho Público al estar incluido dentro de él y con el Derecho Financiero, al considerarse una rama del mismo. Sus características son:

Sus normas son imperativas, no pueden ser pactadas o negociadas entre partes.

Sigue un principio de equidad.

Faculta establecer contribuciones de carácter obligatorio por ley.

Establece sanciones y multas a los contribuyentes si no cumplen con sus obligaciones tributarias.

A pesar de que sus fuentes son limitadas según lo que se establece en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y demás Leyes y Normas, en el Artículo 2 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Tributario, se especifica que las fuentes del derecho tributario son:

Las disposiciones constitucionales.

Los tratados, convenios o acuerdos internacionales celebrados por la República bolivariana de Venezuela.

Las leyes y los actos con fuerza de ley.

Los contratos relativos a la estabilidad jurídica de regímenes de tributos nacionales, estatales y municipales.

Las reglamentaciones y demás disposiciones de carácter general establecidas por los órganos administrativos facultados al efecto.

Un claro ejemplo de lo que es el Derecho Tributario son las actividades realizadas por el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (o SENIAT), que es el órgano encargado de la aplicación de las Normas y Leyes Tributarias en el país para lograr la recaudación y la aplicación de los tributos, para así poder cubrir con los gastos públicos en el país. 

Referencias Bibliográficas:

Trujillo, Elena. (2021). Derecho Tributario. Recuperado de: https://economipedia.com/definiciones/derecho-tributario.html

Venezuela. Código Orgánico Tributario. Gaceta Oficial Nº 6.152 Extraordinario del 18 de noviembre de 2014.

 


Comentarios

Publicar un comentario

Entradas más populares de este blog

La clasificación de los tributos, la clasificación del impuesto, las tasas y las contribuciones especiales

Administración Tributaria: sus potestades y sus facultades

Diferencias entre exenciones y exoneraciones